domingo, 17 de febrero de 2013

TEMA 3. Relacion de la Informatica con Derecho Procesal


Relación de la informática con el Derecho Procesal

 

Antes de indagar sobre cuál es la relación que estos presentan debemos saber que es la informática jurídica y el derecho procesal.

 

Entendemos por informática jurídica, es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho. Difiere entonces del derecho informático, que es la regulación jurídica de las nuevas tecnologías. Estas se encargan de la:

  • Automatización del conocimiento jurídico emanado de fuentes legislativas, jurisprudenciales y doctrinales.
  • Automatización de las fuentes de producción jurídica.
  • Automatización de los procesos de administración judicial.

Y por el derecho procesal, es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales

La relación entre el derecho procesal y la informática, es que por medio de la tecnología se han incrementado los medios de prueba que se puede utilizar en un proceso.

 

En el procedimiento de Defensa Social se admitirá como prueba todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que, a juicio del funcionario, conduzca lógicamente al conocimiento de la verdad, y el propio funcionario podrá emplear cualquier medio legal, que establezca la autenticidad de la prueba. La Ley reconoce como medios específicos de prueba las siguientes:

La confesión judicial; La inspección judicial y la reconstrucción de hechos; Los dictámenes de peritos; Las declaraciones de testigos; Los careos; Los documentos públicos y privados; Las presunciones; Las visitas domiciliarias; Los cateos; La confrontación, y Las fotografías, cintas magnetofónicas, registros dactiloscópicos, videocintas y, en general, todos aquellos elementos aportados por la ciencia, o por la técnica.

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